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sábado, 23 de enero de 2010

La seguridad vial debe ser prioridad para la Junta Muncipal. (Por Richar Salomón. Abogado. Concejal municipal)

Los accidentes de tránsito que ocurren en Pedro Juan Caballero, tienen una trascendencia social nefasta, y no se limitan a un hecho aislado que afecta solamente a los involucrados, pues con cada suceso  se están utilizando muchos recursos humanos e insumos en el sistema de urgencias, cuando bien estos se podrían haber destinado para otros sectores, como la atención a pediatría, cirugía para nuestros ancianos, mejorar los recursos en las áreas de las gestantes, en nuestro banco de sangre, o la tan vital sala de hemodiálisis.
Por otro lado hay que evaluar con seriedad y preocupación el costo de vidas humanas, sufrimientos y sus secuelas.
Cuantas personas padecen lesiones corporales, e incapacidades permanentes, afectando en particular a los jóvenes.
Se destruye así un potencial humano, lo que también conlleva graves consecuencias sociales y económicas, tanto a la comunidad como al país.
La seguridad vial, es pues un desafío enorme para la propia salud pública en nuestra comunidad.
Por ello debe ser una de las asignaturas prioritarias en la labor de la Junta Municipal; y en ese intento de delinear algunas acciones de política comunal que tiendan a afrontar este cuadro problemático, expongo algunas consideraciones a debatir:
Reevaluar el mecanismo de expedición de las    
licencias de conducir, Implementar señalizaciones, fuerte sanción a las infracciones en el transito, establecer una alianza-cooperación con la Policía Nacional en la tarea preventiva e invertir en la construcción e instalación de una unidad de tratamiento intensivo, UTI.
Respecto a la sanción en el transito, ésta se ve operativizada solamente en su versión pecuniaria, es decir las multas, cuando también se debe dar en otros ordenes, como la suspensión y eventual pérdida de licencias o dependiendo del caso la privación de libertad.
Pero, aún así, esa única versión, tendiente a castigar esa conducta negligente y contraventora de las reglas del transito, ha sido objeto de mitificación en el dialecto político local, cuando algunos  esbozan verdaderos ensayos en busca de un falso botín electoral, errados por cierto, por cuanto que a menor o casi nula sanción-castigo a una conducta contraventora, como por ejemplo: manejar embriagado o utilizando el aparato celular, no utilizar casco protector, no poseer licencia para conducir, hacer traspaso indebidos; implicaría mayor esfuerzo y respuesta política a otras necesidades de la población, pues es sabido que estas violaciones, tienen una relación y efecto directo con nuestro sistema de salud.
Es más, estoy convencido que estos tipos de comportamiento, verdaderamente son repudiados por una amplia mayoría ciudadana, muy superior a ese ínfimo segmento de infractores que vive especulando y sorteando los precarios controles en el transito.
Por ello, soy del criterio que las sanciones de orden pecuniarias deben de reconsiderarse y en aras de lograr un respaldo ciudadano a esta determinación, se establezca una especie de contrato social, y que el 40 % de cada infracción tenga como destino un fondo de inversión para la salud pública o sistema de emergencia.
Esto debe funcionar, ya que en la realidad ello está ocurriendo pero a la inversa, esto es así, pues un hecho (un caso de accidente),  está utilizando recursos que podrían destinarse a un mayor numero de ciudadanos; entonces, corrijamos esto y que esa minoría que infringe las leyes y reglas del transito sea el que de una mayor contribución a la Salud Pública.
Ahora, bien, es más que visible, nuestra precariedad en cubrir  todo nuestro sistema vial, con los escasos agentes de transito con que cuenta la comuna local, diagonalmente inversa al crecimiento y extensión de la ciudad; en este emprendimiento del rol preventivo y de control, es viable y enteramente legal establecer una alianza y cooperación con la Policía Nacional, ya que comprende con mayor amplitud casi toda la ciudad y su propia Carta Orgánica la faculta a establecer este tipo de cooperaciones y así también la propia municipalidad como Institución autónoma se halla amparada en tales preceptos legales; es cuestión de convenir y establecer planes o sistemas de controles.

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